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“Si hay un fallo a favor, todos los fueguinos que hayan comprado vehículos van a ser beneficiados”

El Dr. Federico Rauch, abogado de los demandantes de las automotrices que comercializan vehículos en la provincia, informó que este viernes habrá una audiencia virtual, fijada por la jueza federal Mariel Borruto y, en caso de una sentencia favorable, se verán beneficiados no sólo los que iniciaron acciones legales sino todos los fueguinos que hayan comprado vehículos con posterioridad al 2001-2002, cuando comenzaron a aplicarse sobreprecios. Defendió el trabajo realizado por la comisión nacional de defensa de la competencia, que en cinco años de auditorías recopiló información probatoria. Abrió la posibilidad de que la jueza proponga alguna suerte de conciliación entre las partes. Los demandantes han solicitado la devolución del dinero cobrado de más, a valor actualizado más intereses, que equivale a un vehículo, o uno y medio, más punitivos y costas del juicio. También reclaman el cese de la apropiación de los beneficios promocionales, para que los fueguinos recuperen la posibilidad de adquirir los automóviles más baratos que en el continente, como ocurría antes. Están citadas las empresas Volkswagen de Argentina, Toyota, General Motors, Renault, Ford, Fiat, Peugeot, Citroën y Honda, que enviarán sus representantes legales, y “son todos socios principales de los estudios de abogados más grandes del país”, dijo, mientras que los que iniciaron la demanda superan las 6.900 personas.

Río Grande.- El Dr. Federico Rauch, abogado del foro de Ushuaia, dialogó con Radio Universidad 93.5 y Provincia 23 sobre las expectativas para este viernes, cuando se realizará la audiencia virtual con las automotrices demandadas por facturar con sobreprecio los vehículos vendidos en Tierra del Fuego.

Rauch representa a más de 6.900 demandantes y recordó que “el proceso judicial empezó hace siete años. Esto terminó en la Corte Suprema de Justicia, que el año pasado resolvió quitar el expediente y el juicio a los tribunales de Tierra del Fuego, y entregárselo a la Justicia Federal. Había tramitado con el juez Boccardo en Río Grande y estamos a las puertas de la audiencia preliminar, que se hace en presencia de todas las partes y del juez. Antes de la feria judicial se decidió convocar a audiencia para este viernes a las 10 de la mañana”, dijo.

“La audiencia se va a hacer de manera virtual, no presencial, y la preside la jueza federal de Río Grande (Dra. Borruto). La jueza preguntará a las partes si existe alguna posibilidad de conciliar esta cuestión y puede dar un plazo de hasta 30 días para negociar alguna conciliación, y que vuelvan a reunirse en otra audiencia. También tiene que fijar la prueba admisible para dictar sentencia, qué datos le faltan o no, y nosotros hemos ofrecido el resultado de la investigación realizada por el Estado nacional. Nosotros pedimos que las demandadas devuelvan lo que se cobró de más, actualizado, más intereses por el uso del capital, que equivale a otro vehículo o un vehículo y medio más para cada uno. También pedimos que se aplique un daño punitivo, y el pago de las costas porque nosotros no cobramos honorarios a nuestros adherentes. Además pedimos que se ordene a las demandadas abstenerse en lo sucesivo de realizar este tipo de práctica de sobreprecios. Si hay un fallo a favor, todos los fueguinos que hayan comprado vehículos van a ser beneficiados”, afirmó.

“Están convocados Volkswagen de Argentina, Toyota, General Motors, Renault, Ford, Fiat, Peugeot, Citroën y Honda, que enviarán sus representantes legales, y son todos socios principales de los estudios de abogados más grandes del país. Los demandantes son todos los fueguinos que conformaron esta acción de clase en 2017 y estamos convocados nosotros como sus representantes. Son todos compradores de vehículos y cada demandante aportó los datos identificatorios y la factura de compra de cada vehículo. Hay de todo tipo, pero el 80% de los demandantes son adquirentes de vehículos de gama baja y media, la mayoría del Mercosur o fabricados en México. Son los más afectados y esta demanda demuestra que las automotrices se apropiaron de las exenciones fiscales que le corresponden a los fueguinos, en los autos de media y baja gama. En la mayoría de los casos se trata del IVA, que es el 21%, la retención del 3% plus, los impuestos internos, los derechos arancelarios de importación, la tasa de estadística, los reintegros sobre determinadas partes de producción de factoría que también representan un beneficio para el fabricante”, detalló.

Las pruebas recogidas

Destacó el trabajo realizado por el Estado nacional y la recopilación de prueba que sirve de sustento. “Según el Estado nacional, en la resolución 271 de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, representó una ganancia extraordinaria de parte de las demandadas de entre el 30 y el 40% del valor del vehículo. Ese es dinero que debió quedar en el bolsillo de los compradores, pero quedó en el bolsillo de las marcas demandadas, que no son los concesionarios. El Estado nacional puso a trabajar a una veintena de personas entre el año 2006 y 2010, y hubo cinco años de auditorías, primero en las casas centrales de las demandadas; y luego auditaron todas las concesionarias oficiales de estas marcas en la provincia. Esa auditoría le permitió a la comisión nacional llegar a la conclusión de que efectivamente estas empresas globales, de manera directa o indirecta, habían conformado una suerte de concertación de voluntades dentro del mercado especial de Tierra del Fuego, para cobrar sobreprecios sobre los vehículos, poniéndolos al mismo valor que en el continente”, señaló.

“Hasta el año 2001-2002, los vehículos costaban significativamente menos en la provincia y, como consecuencia del beneficio, los que compramos vehículos sufrimos una restricción de dominio muy importante por un plazo de 5 años. Eso significa que el propietario no puede vender el vehículo fuera de la provincia por el plazo de 5 años ni puede sacarlo por un plazo superior a 60 días. La auditoría se hizo sobre el año 2001 a 2010. Durante ese período todos los vehículos que ingresaban afectados al área aduanera especial, tienen esa indisponibilidad. Después del 2010 esta práctica siguió y los autos se venden, con y sin pago de impuestos. Existen casos en que las terminales importan el vehículo a la provincia, porque aduaneramente es como si fuera otro país, y lo pueden hacer de dos formas, o bien habiendo pagado todos los impuestos, lo que llaman nacionalizar el vehículo; o bien afectado a la 19640, con un despacho de importación. Cuando se hace la primera inscripción del cero kilómetro, se hace la anotación de afectación a la ley y no interesa si se pagaron o no los impuestos. Si el vehículo ingresó afectado a la ley por despacho de importación, para la Aduana los impuestos no están pagos y se ordena inscribir con esa afectación de dominio”, explicó.

“Aunque los fueguinos pagan lo mismo que en Río Gallegos o en la Capital Federal, el vehículo aparece afectado a la ley, y eso detectó la comisión nacional de defensa de la competencia: que no eran los concesionarios los que ponían el sobreprecio, sino que ya venía facturado en la factura de exportación que realizaban las terminales. La trampa es que el valor que fija el fabricante sin impuestos, es mayor que el del mismo vehículo facturado en la provincia de San Luis o Córdoba. Esto lo dice la resolución 271 de la comisión nacional”, remarcó.

Multa perdonada

En su momento la comisión fijó una multa, que “fue el máximo que permitía la ley de defensa de la competencia, y es el 25% del presunto beneficio obtenido por la maniobra. Representaba, para los ocho sancionados, un poco más de 102 millones de dólares. Estamos hablando solamente de 2001 a 2010. Si lo proyectamos a 2023, tenemos que hablar de otra cosa. Eso fue apelado y la multa no fue pagada por las terminales automotrices. La Cámara Federal decidió, por dos votos de tres, revocar esa multa. Si bien todas las demandadas reconocieron que la auditoría fue correcta y no negaron que cobraban de más, la Cámara Federal decidió que no estaban convencidos y quedaba una duda de si se habían puesto de acuerdo para hacer esa maniobra. Como lo que se sanciona es la concertación entre varios para apropiarse de un mercado, ante la duda rescindieron la multa. Eso fue apelado por el Estado nacional a la Corte Suprema de Justicia y, luego de seis años de que pasara el expediente de ministro a ministro, la Corte decidió por mayoría confirmar la sentencia de la Cámara, por lo cual las automotrices no pagaron una moneda”, lamentó.

La nueva demanda

Ante este revés en la Corte, indicó que “nosotros iniciamos una demanda por otro concepto, que no va por la concertación de precios sino por la violación a una cantidad de normas del código civil y comercial y de la ley de defensa de la competencia, abusos de derechos, contratos predispuestos, sobreprecios y beneficios a favor de una de las partes. Esa demanda se inició en 2017 y es de carácter civil”.

“Las demandas de clase tienen dos etapas, la primera es determinar si hubo un perjuicio y se dañó al conjunto de personas que compraron y compran vehículos en Tierra del Fuego. Esto incluye no sólo a los que demandan sino a todos los que hayan comprado vehículos, en caso de que prospere la demanda”, aclaró.

La expectativa es que se llegue a la conclusión de que “las automotrices se aprovecharon del régimen de exención fiscal, que está pensado para beneficiar al que reside en la provincia, no al importador o fabricante, porque no hay una promoción para que las terminales automotrices no paguen impuestos por vender en Tierra del Fuego”, observó.

“Habría que ver si esta práctica depredatoria comercial de las demandadas se sigue efectuando. Yo diría que, por la actividad que realizamos, algunos gerentes y abogados se han puesto un poco nerviosos y probablemente hayan disminuido la práctica depredatoria de apropiarse de los beneficios fiscales. No les fue mal porque este juicio tiene siete años y es probable que les hayan vuelto a salir los colmillos y se siga con esa práctica depredatoria, porque los autos en la provincia siguen costando lo mismo o más que en el resto del país, con una restricción de dominio severa”, planteó.

En cuanto al rol del gobierno provincial, explicó que “el Estado provincial carece de atribuciones para controlar el régimen general de la 19640. Tiene algunas atribuciones en el subrégimen industrial, a través de la comisión del área aduanera especial, pero no en el régimen general, que es el más importante y tiene que ver con esta demanda”.

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