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Fondos del hospital sin rendir: el Tribunal ordenó devolver casi 700 mil pesos, más intereses

El Tribunal de Cuentas de la provincia resolvió condenar a ocho empleados jerárquicos de la gestión Ríos, por la falta de rendición de casi 700 mil pesos, por los que deberán responder patrimonialmente, con los intereses devengados hasta que se haga efectivo el pago. La investigación inició en 2014, tras la denuncia del entonces director administrativo Jesús González Saber, a poco de asumir el cargo, por un faltante inicial cercano a los cinco millones.

Con fecha 7 de agosto, el Tribunal de Cuentas de la provincia resolvió condenar a ocho ex empleados jerárquicos de la gestión Ríos, por la falta de rendición de casi 700 mil pesos, de los que deberán responder con su patrimonio, más los intereses devengados hasta que se haga efectivo el pago, para lo cual se les dio un plazo de diez días.

Río Grande.- Con fecha 7 de agosto, el Tribunal de Cuentas de la provincia resolvió condenar a ocho ex empleados jerárquicos de la gestión Ríos, por la falta de rendición de casi 700 mil pesos, de los que deberán responder con su patrimonio, más los intereses devengados hasta que se haga efectivo el pago, para lo cual se les dio un plazo de diez días.
El entonces director administrativo del Hospital Regional Río Grande Jesús González Saber había radicado la denuncia el 20 de mayo de 2014 al organismo de control, por la falta de rendición de casi cinco millones de pesos de fondos del hospital, de los cuales tres millones ochocientos mil correspondían a la cuenta pagadora del hospital regional Río Grande, 939 mil pesos correspondían al fondo de financiamiento de servicios sociales y 166 mil pesos a la cuenta del plan Nacer, haciendo un total de $4.952.886,47.
Recibida la denuncia, el 11 de agosto de 2014 el Tribunal de Cuentas resuelve iniciar el juicio de cuentas contra los agentes responsables de la rendición. Durante la investigación se analizó una muestra de más de doscientos expedientes sobre casi cuatrocientos, y se detectaron serias irregularidades administrativas, que incumplen con la ley de contrataciones. Entre ellas se menciona la falta de intervención de la auditoría interna, el pago extemporáneo o la ausencia de comprobantes, órdenes de compra y recibos deficientes, pago de facturas previo a la emisión y conformidad, e incluso rendiciones de gastos en el SIGA con un comprobante respaldatorio inexistente.
El organismo de control plantea que hubo “una conducta negligente por parte de los acusados que devino en la irregular tramitación administrativa de las erogaciones sin rendir”.
De la documentación que se fue aportando desde el hospital a partir de la denuncia, se logró justificar la rendición de $3.943.591,94, quedando un faltante de $1.009.294,53, por lo que se resolvió formular la acusación por esta diferencia.
Los períodos sin rendir corresponden a los años 2011, 2012 y 2013, cuando por ley el plazo de rendición no puede superar los 90 días. No obstante, en atención a los plazos de caducidad que fija la ley de contrataciones, las rendiciones pendientes de 2011 y 2012 se dieron por “tácitamente aprobadas”, lo que demuestra que el perjuicio fiscal fue mayor del monto que el órgano de control ordenó devolver. Igualmente el Tribunal aclara que esta caducidad administrativa no obsta a que se analicen los períodos prescriptos y se avance con “la denuncia de la comisión de presuntos delitos”, en el fuero penal.
Descontando los períodos en caducidad, el monto por el cual corresponde formular la acusación corresponde a tres cuentas del año 2013, y el perjuicio fiscal determinado asciende a la suma total de $723.210,86.
Los agentes acusados en primera instancia fueron nueve: Gimena Marisol Bilic, Patricia Estela Gómez, María Elena Corazzin, Evelyn Valeria Schipani, Sandra Esther Gisser, Héctor Cristian Barella, Ricardo Armando Uribe, Ivana Vanesa Burgos y Daniel Antonio Centeno, si bien luego en el juicio administrativo y, tras el correspondiente descargo, no se imputó responsabilidad a Uribe.
Por entender que los ocho restantes son responsables de perjuicio fiscal, el Tribunal de Cuentas sostiene que corresponde la imputación de la responsabilidad patrimonial de estos agentes.
Barella es acusado como firmante de las cuentas del Plan Nacer y de la cuenta de gastos de funcionamiento del hospital, no así del fondo del financiamiento de servicios sociales. Gisser es acusada por ser responsable del fondo de financiamiento de servicios sociales, que debía registrar y rendir en el sistema SIGA.
Como firmantes de las tres cuentas analizadas, son acusados Bilic, ex directora administrativa del hospital; Gómez, por haber formado parte del Departamento Administrativo Contable y luego ser nombrada jefa de la División Tesorería; Centeno y Corazzín, por haber formado parte de la División Contaduría; Uribe, por haberse desempeñado como jefe de la División Depósito; Burgos y Schipani por haber integrado la División Tesorería.
En principio se estableció la devolución de los 700 mil pesos sin rendir, “más lo que se presupueste para responder a los eventuales intereses hasta el día del efectivo pago”, por parte de los agentes Schipani, Burgos, Uribe, Corazzín, Centeno, Gómez y Bilic.
A la agente Gisser -que no firmó en las tres cuentas- se le asignó responsabilidad patrimonial por la suma de $308.253,65; y al agente Barella, por la suma de $414.957,21.
En 2015 todos fueron notificados del inicio del juicio administrativo de responsabilidad en su contra.

Los descargos

La agente Gisser alegó en su defensa que desde la asunción de Ríos, en 2007, se generó “en forma sistemática un atraso endémico en el proceso de rendición de cuentas”, aseguró que no había “un sistema de gestión adecuado, un sistema informático eficiente, acorde con el volumen de trabajo”, y que esta situación fue oportunamente denunciada a la contadora Bilic y al ex director del hospital Jorge Olivo.
Gisser se consideró “un chivo expiatorio” ante “la desidia” de sus superiores jerárquicos, y apuntó como “responsable máximo” contra el director del hospital, que “omitió” las acciones necesarias para poder desempeñar su tarea. Como prueba, aportó notas de queja elevadas a sus superiores, fotografías del estado del archivo donde estaban los expedientes, en el ex lavadero del hospital, pidiendo una inspección ocular del estado del lugar.
Centeno aportó argumentos similares, Uribe sostuvo que como responsable del depósito la rendición era tarea ajena a su función, y no tenía acceso al SIGA.
Bilic, Corazzin, Schipani, Gómez y Barella realizaron una presentación conjunta, con un relato similar a los anteriores. Por su parte la agente Burgos, no efectuó descargo de la acusación.

Ajustando cifras

Tras el cruce de información con el Banco Tierra del Fuego y la AREF, el monto total se redujo de 723 mil pesos a $687.199,10, en atención a las retenciones por Ingresos Brutos por 36 mil pesos, que no son imputables a los acusados.
El Tribunal basó su condena en que estos agentes “tenían cargos jerárquicos”, o bien “ocupaban cargos administrativos en áreas contables”, o bien “tenían firma habilitada” en las cuentas bancarias durante el período no rendido.
Señaló incluso que, del análisis de sus recibos de sueldo, se comprobó en casi todos los casos que cobraron el adicional por “fallo de caja” y por “función jerárquica”.
Salvo Uribe que, como ex jefe del Depósito, se analiza aparte, todos “intervenían, manejaban, administraban, custodiaban y/o tenían la disposición efectiva” de las cuentas, algunos de las tres en análisis, otros en dos de ellas, se detalla en la resolución.
En un apartado se alude a argumentos que califican de “insólitos”, esgrimidos por la agente Gómez -ex jefa del departamento contable-, como el corte de luz “por una hora”, que le impidió cumplir con la rendición de cuentas. Considera “pueril e inatendible” argumentar que por el corte “de una hora no pudieron hacer las rendiciones que debían efectuar a lo largo de todo un año. Es realmente insólito”, dice el Tribunal.
Respecto del agente Uribe, fue tenido en cuenta su descargo y reconocido que no cumplió funciones contables ni manejó las cuentas analizadas. Tampoco firmó cheques, por lo que determina eximirlo de responsabilidad.

La condena

En la resolución final se consigna en el primer artículo la eximición de responsabilidad del agente Ricardo Uribe. En el artículo 2, se condena a Gimena Marisol Bilic, Patricia Estela Gómez, Vanesa Ivana Burgos y Evelyn Valeria Schipani, “por resultar solidariamente responsables del perjuicio fiscal por la suma de $689.199,10, con más sus respectivos intereses calculados desde el 16/03/2015, hasta su efectivo pago, según la tasa de interés promediando la máxima activa para operaciones de descuento y la mínima pasiva para depósitos a plazo fijo a 30 días, utilizadas por el Banco Tierra del Fuego”.
El monto deberá ser depositado en una cuenta corriente del BTF en un plazo de diez días a partir de la notificación, “bajo apercibimiento de iniciar el juicio ejecutivo de apremio”.
En el artículo 3 se condena a María Elena Corazzin a reintegrar $562.009,51 del perjuicio fiscal mencionado, en forma solidaria con el resto de los agentes, con la misma tasa de interés y plazo.
En el artículo 4 se determina la condena a Héctor Cristian Barella, por resultar patrimonialmente responsable hasta la suma de $270.267,74, con igual tasa de interés y plazo.
En el artículo 5 se condena a Sandra Esther Gisser a reintegrar hasta la suma de $295.153,67; y finalmente en el artículo 6 se condena a Daniel Alberto Centeno a devolver hasta la suma de $125.189,59.
Por el artículo 7 se le hace saber a todos los condenados que “podrán interponer recurso de apelación ante el Superior Tribunal de Justicia, dentro de los 30 días de notificados”, o bien “entablar la acción contencioso administrativa”.
La resolución está firmada por Miguel Longhitano, vocal abogado, y por Julio Del Val, vocal contador y presidente del Tribunal de Cuentas; y lleva el nro. 006/2017.

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