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“LOS JUBILADOS NO TENEMOS MUCHO TIEMPO”

Un grupo de jubilados y jubiladas se encuentra impulsando una acción judicial, para reclamar lo que entienden es una “mala liquidación de haberes” por parte de la Caja de Previsión Social de Tierra del Fuego. Aseguran que es erróneo “el cálculo de la actualización de la movilidad salarial de los trabajadores jubilados del Estado provincial y municipales, y afecta los ingresos que tienen carácter alimentario”. Dicen que confían “en el estado de derechos de los fueguinos y confiamos en los jueces de nuestra provincia. Que la Caja de Jubilación intérprete erróneamente la Ley 1285, es una cosa, pero no podemos esperar que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, no alcance a ver lo que no vieron otros”, expresaron. Gerónimo Ruiz, jubilado municipal, dio detalles al respecto.

Río Grande.- Gerónimo Ruiz, jubilado municipal de la ciudad de Río Grande, al ser consultado respecto de la situación en la cual se encuentra la denuncia por mala liquidación de haberes, señaló que “El expediente Nro. 4450/22 contencioso administrativo, que demanda a la Caja de Previsión Social de Tierra de Fuego (CPSPTF) por mala liquidación del haber jubilatorio, se encuentra actualmente en el Superior Tribunal de Justicia”.

Después indicó que “Con el movimiento de trabajadores jubilados, tuvimos que llegar a esta instancia, porque nadie responde los reclamos administrativos de los trabajadores jubilados, que básicamente reclaman respuestas frente a este sistema previsional mal interpretado, que establece las pautas para el cálculo de la actualización de la movilidad salarial de los trabajadores jubilados del Estado provincial y municipales, y afecta los ingresos que tienen carácter alimentario”.

Lo señaló, agregando que “cada vez que los trabajadores activos reciben un incremento salarial, los trabajadores jubilados reciben la movilidad un mes después, sin que se abone ese mes de diferencia como retroactivo. Es decir, que al abonarse las movilidades e incrementos del haber jubilatorio para los trabajadores jubilados un mes después que el personal activo, se desvirtúa la movilidad, porque queda fuera del cobro ese mes”, repasó Ruiz.

El referente d ellos jubilados, mencionó que la denuncia se impulsa “en pleno uso del derecho” y recordó que“hasta la fecha ningún trabajador jubilado de la administración pública provincial y municipal, ha cobrado en forma retroactiva la diferencia del incremento de ese mes «en blanco» desde que los trabajadores activos han cobrado el incremento salarial, cuando la Ley 1285 estipula cuando deberían cobrar los trabajadores jubilados la «diferencia mensual» de la movilidad. Esta errónea interpretación de la Ley 1285, por parte de los administradores de la Caja de Previsión Social de Tierra del Fuego (CPSPTF) desde el inicio del año 2019, ha generado deuda a favor de todos los trabajadores jubilados provincial y municipales, por mala liquidación del haber jubilatorio y debe ser restituido en su totalidad”, exigió.

Gerónimo Ruiz dijo que “básicamente, se demanda justicia” y luego mencionó que “la deuda que se demanda por errónea interpretación de la Ley 1285, dado que produce la mala liquidación por las retenciones de nuestros ingresos jubilatorios, todavía no fue cuantificada. A algunos les parecerá poco, a otros no, pero lo reclamamos, porque es justo que lo reclamemos y porque es nuestro”.

Después, se mostró confiado respecto de una sentencia favorable al reclamo y señaló: “Confiamos en el estado de derechos de los fueguinos y confiamos en los jueces de nuestra provincia. Que la Caja de Jubilación intérprete erróneamente la Ley 1285, es una cosa, pero no podemos esperar que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego, no alcance a ver lo que no vieron otros. Esto es que el haber de los beneficiarios jubilados es móvil, como dice claramente la Ley 1285, en su primer párrafo. Y esperamos que los jueces se expidan prontamente, porque muchos de los hombres y mujeres Jubilados, ya no tenemos el tiempo para esperar”, concluyó el jubilado municipal.

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