El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al planteo de excarcelación y dispuso que el dirigente de ATE continúe en libertad mientras se revisa la condena a cinco años de prisión por las estafas vinculadas al plan de viviendas de Barrancas del Río Pipo. El abogado Raúl Paderne explicó los fundamentos de la resolución y reveló que la nueva defensa presentó un recurso de casación en el que plantea nulidades que, de prosperar, podrían alcanzar a la propia sentencia condenatoria. (Foto gentileza Diario Prensa).
Río Grande, 21 de agosto de 2026.- El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ordenó la excarcelación de Hipólito Carlos Córdoba, dirigente de ATE condenado a cinco años de prisión por 22 hechos de estafa vinculados al frustrado plan de viviendas sociales del barrio Barrancas del Río Pipo, al considerar que no se acreditaron riesgos procesales concretos que justificaran mantenerlo detenido mientras la sentencia continúa siendo revisada.
La decisión fue adoptada por los jueces Javier Darío Muchnik, Ernesto Adrián Löffler, Edith Miriam Cristiano y Carlos Gonzalo Sagastume, quienes hicieron lugar al recurso de casación presentado por la defensa, dejaron sin efecto la resolución que había rechazado la libertad y ordenaron su excarcelación bajo caución juratoria.
Córdoba había sido condenado el pasado 29 de mayo, junto con Miguel Ángel Arana, como coautor de 22 hechos de estafa relacionados con un proyecto de 128 viviendas sociales impulsado por el sindicato en Ushuaia. La investigación determinó que numerosas familias entregaron dinero, vehículos, cheques y otros bienes con la expectativa de acceder a una vivienda que finalmente no recibieron.
Paderne: “Tiene derecho a estar en libertad”
En diálogo con FM La Isla, el abogado Raúl Paderne explicó que el estudio jurídico comenzó a intervenir luego de dictada la condena y precisó que el caso es llevado específicamente por el abogado Maximiliano Hércules.
Uno de los primeros aspectos cuestionados por la nueva defensa fue precisamente la prisión preventiva.
Paderne remarcó que la sentencia condenatoria todavía no se encuentra firme y que, por esa razón, la privación de la libertad debía estar sustentada en razones cautelares concretas.
La defensa presentó entonces un pedido de excarcelación ante el propio Tribunal de Juicio. Ante el rechazo, recurrió en casación ante el Superior Tribunal, sosteniendo que no existían elementos que justificaran que Córdoba permaneciera detenido.
“Todo bien que haya una condena, después analizaremos por separado el tema condena, que ahí hay mucho para cortar. Pero, esencialmente, tiene el derecho a estar en libertad porque el principio de inocencia no ha sido vulnerado”, afirmó Paderne.
El Superior consideró que no existían riesgos procesales
Uno de los elementos centrales de la resolución fue el comportamiento que Córdoba mantuvo durante el proceso judicial.
El STJ señaló que el Tribunal de origen había omitido considerar que el acusado transitó el proceso en libertad sin registrar incumplimientos. También descartó como fundamento suficiente el argumento relacionado con el temor manifestado por una testigo durante el debate.
Paderne sostuvo en ese sentido que Córdoba “siempre estuvo a derecho” y se presentó cada vez que fue convocado por la Justicia.
La defensa remarcó además que no se había producido ninguna circunstancia nueva durante el debate que permitiera sostener la necesidad de mantener una prisión preventiva.
Una condena no firme no basta para mantener una prisión preventiva
El criterio adoptado por el Superior Tribunal se apoyó en antecedentes jurisprudenciales que establecen que la existencia de una condena de cumplimiento efectivo no constituye, por sí sola, una razón suficiente para mantener privada de su libertad a una persona mientras la sentencia no esté firme.
El fallo recordó la doctrina de la Corte Suprema en el precedente “Donamaría” y también tomó en consideración el criterio utilizado recientemente por el propio STJ en el caso Hermosilla Bogado.
Paderne explicó que debe existir un elemento concreto que permita advertir peligro de fuga o riesgo de entorpecimiento del proceso y no solamente considerar la gravedad de la pena impuesta.
La batalla judicial ahora pasa por la condena
La recuperación de la libertad constituye solamente uno de los frentes judiciales abiertos.
La nueva defensa también presentó un recurso de casación contra la sentencia de cinco años de prisión, en el que cuestiona distintos aspectos del proceso y sostiene que existen nulidades que podrían afectar la validez de la condena.
Paderne diferenció claramente ambos trámites: por un lado se discutió si Córdoba debía permanecer detenido durante la revisión de la sentencia y, por otro, se encuentra pendiente el análisis de la condena propiamente dicha.
Es en este segundo terreno donde la defensa anticipa una discusión jurídica de mayor profundidad.
El planteo que podría retrotraer la causa
Uno de los cuestionamientos centrales se remonta a la etapa anterior al juicio oral.
Según explicó Paderne, al concluir la instrucción el Instituto Provincial de Vivienda, que actuaba como querellante, no habría realizado el correspondiente requerimiento de elevación a juicio. Para la defensa, esa circunstancia limitaba posteriormente sus facultades procesales.
El abogado sostuvo que el fiscal había ofrecido una omisión de debate con un máximo punitivo de dos años y ocho meses de cumplimiento condicional. Sin embargo, el IPV se opuso y el Tribunal hizo lugar a esa postura. La actual defensa considera que la querella ya no contaba con facultades procesales para formular esa oposición.
Para Paderne, ese punto podría resultar determinante.
“Todo ese proceso está viciado de nulidad”, afirmó el abogado al explicar la posición que sostiene actualmente la defensa.
La defensa pretende que se declare nula la condena
A partir de ese razonamiento, Paderne sostuvo que las actuaciones posteriores también resultarían alcanzadas por la nulidad.
“Como consecuencia de la explicación propia del código de procedimiento nuestro, todo lo que ha ocurrido después motivado en esa decisión es nulo”, señaló.
La pretensión de la defensa es concreta: que se declare nula la condena y que el expediente sea retrotraído hasta el momento del requerimiento fiscal, al que considera el último acto procesal válido.
El planteo no constituye solamente una posibilidad analizada por los abogados. Paderne confirmó que la nulidad ya fue incorporada a la estrategia de casación.
Según detalló, se plantearon tres agravios. Dos fueron aceptados, mientras que el relacionado con esta nulidad fue rechazado por el Tribunal de Juicio, decisión frente a la cual la defensa interpuso una queja para intentar que también sea incorporado al análisis de la instancia superior.
Córdoba seguirá en libertad mientras se revisa la sentencia
De esta manera, Carlos Córdoba continuará atravesando en libertad las próximas instancias judiciales mientras permanece vigente, aunque todavía no firme, la condena a cinco años de prisión.
El expediente regresará al Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur para establecer las pautas bajo las cuales continuará sujeto al proceso.
La discusión judicial se traslada ahora al recurso contra la sentencia: allí la defensa intentará que se revisen los cuestionamientos formulados y, particularmente, el planteo de nulidad con el que pretende retrotraer una parte sustancial del proceso.





















