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Cesari Hernandez advirtió sobre las distracciones al volante: “Es algo que hay que trabajar desde lo cultural, la educación y el ejemplo”

El abogado y ex Juez de Instrucción Daniel Cesari Hernandez analizó los riesgos que genera el uso del teléfono celular mientras se conduce y planteó la necesidad de profundizar la prevención y la educación vial. También abordó la circulación de bicicletas en calles y rutas, las obligaciones de los ciclistas y una problemática que considera pendiente: determinar dónde pueden entrenar quienes practican ciclismo deportivo frente a las limitaciones de la infraestructura vial de Tierra del Fuego.

Río Grande, 23 de septiembre de 2026.- El Dr. Daniel Cesari Hernandez puso el foco sobre uno de los comportamientos que se observan cotidianamente en el tránsito y que puede generar graves consecuencias: la utilización del teléfono celular mientras se conduce.

Durante su participación habitual de los miércoles en La Mañana de la Tecno, por Radio Universidad 93.5 MHz, el abogado y ex Juez de Instrucción de Río Grande analizó las distracciones al volante y posteriormente amplió la discusión hacia la convivencia con los ciclistas, las condiciones para circular en bicicleta y las limitaciones que presenta la infraestructura vial para quienes practican esta actividad deportiva.

 

El celular y una atención que deja de estar en el camino

 

Cesari Hernandez partió de una premisa: conducir requiere mantener la atención sobre una actividad que puede cambiar en cuestión de segundos.

Durante su explicación señaló que el cerebro humano necesita focalizarse en una acción y que incorporar simultáneamente otras tareas genera distracciones.

A partir de allí cuestionó especialmente la utilización del celular, pero extendió el concepto a otras conductas capaces de quitar atención al manejo.

“Conducir, no hablar, que no le hablen, no fumar, no comer, no usar el celular y no usar ninguna aplicación en el teléfono. Cualquier elemento de eso, lamentablemente, nos distrae”, sostuvo.

En el caso particular del teléfono, añadió otro factor: cuando el conductor manipula físicamente el dispositivo también puede retirar una mano del volante.

“Si el celular lo van manipulando, saco la mano del volante también, entonces la distracción es muy grande”, explicó.

La Ley Nacional de Tránsito prohíbe conducir utilizando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua.

 

“Trabajarlo desde lo cultural, desde la educación, desde el ejemplo”

 

Para Cesari Hernandez, la respuesta a este comportamiento no debería agotarse en las sanciones. “Es algo que hay que trabajarlo desde lo cultural, desde la educación, desde el ejemplo”, afirmó.

En ese punto cuestionó que incluso puedan observarse conductas inapropiadas en vehículos oficiales y sostuvo que quienes ocupan funciones públicas también deberían contribuir mediante el ejemplo.

“Nosotros vemos a veces vehículos oficiales, que la persona va hablando por celular o va manipulando el celular, y realmente eso está mal y eso no se debe hacer”, expresó.

El abogado planteó asimismo que existe una discusión pendiente acerca de otras herramientas de prevención y control.

Entre ellas mencionó la posibilidad de analizar sanciones y sistemas tecnológicos capaces de detectar automáticamente a quienes manipulan teléfonos mientras conducen.

Pero su planteo principal estuvo colocado antes que nada en la prevención.

 

Distracciones que pueden terminar en una tragedia

 

Cesari Hernandez recordó que en la vía pública conviven automóviles, motocicletas, peatones y ciclistas y que cualquier pérdida de atención puede tener consecuencias sobre terceros.

En ese contexto sostuvo que existen siniestros inevitables, pero también situaciones que podrían prevenirse modificando determinadas conductas.

“En la calle van otros vehículos, van peatones, van ciclistas”, recordó, antes de insistir sobre la disminución de la atención que implica manipular un teléfono durante la conducción.

Su reflexión adquiere particular actualidad en Río Grande, donde la seguridad vial y la convivencia entre automovilistas y ciclistas volvieron a ocupar un lugar central en la discusión pública.

 

¿Pueden circular las bicicletas por calles y rutas?

 

La conversación derivó entonces hacia otra cuestión que genera consultas y controversias: cuáles son los lugares habilitados para la circulación de bicicletas.

Cesari Hernandez señaló que una bicicleta constituye jurídicamente un vehículo.

“Muchas me preguntan: ¿puede ir una bicicleta por la calle?, ¿puede ir una bicicleta por la ruta? Y la bicicleta es un vehículo”, explicó.

En este punto, la afirmación encuentra respaldo en la propia Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, que define expresamente a la bicicleta como un vehículo propulsado mediante el esfuerzo de quien lo utiliza. La misma normativa contempla restricciones para vehículos propulsados por el conductor en autopistas y semiautopistas.

Por eso, no corresponde establecer como regla general que una bicicleta tenga prohibida la circulación por cualquier ruta.

La situación depende del tipo de vía y de las restricciones aplicables en cada caso.

 

Las obligaciones también alcanzan al ciclista

 

Cesari Hernandez aclaró que reconocer el derecho a circular no significa que quienes utilizan bicicletas puedan hacerlo sin respetar normas de seguridad.

La Ley Nacional de Tránsito establece requisitos específicos para las bicicletas y sus conductores, incluyendo sistema de frenos eficaz, casco protector, luces y señalización reflectiva, entre otras condiciones.

El abogado sostuvo durante la entrevista que también existe una responsabilidad individual de quien decide salir a circular.

“Las bicicletas pueden circular en las calles, pueden circular en las avenidas. Ahora, ¿pueden circular como se les dé la gana? No”, señaló, antes de remarcar la importancia de adoptar elementos de seguridad.

La cuestión, desde su perspectiva, debe analizarse entonces contemplando responsabilidades de todos los usuarios de la vía pública y evitando reducir el problema exclusivamente a uno de ellos.

 

¿Dónde entrena un ciclista?

 

Fue en este punto donde Cesari Hernandez abrió una discusión diferente y especialmente relevante para quienes practican ciclismo deportivo en Tierra del Fuego.

Una cosa es utilizar una bicicleta para trasladarse dentro de una ciudad y otra es entrenar para una actividad competitiva que requiere determinadas velocidades, distancias y características del recorrido.

“¿Qué pasa con el entrenamiento de las bicicletas en la ruta?”, preguntó.

Y agregó otros interrogantes: “¿Las bicisendas son correctas para entrenar o son para circular? ¿Por la bicisenda puede ir una bicicleta de carrera entrenando como la carrera? ¿Y dónde entrena el señor que tiene que hacer ciclismo?”.

Las preguntas dejan planteado un problema que trasciende las conductas individuales y coloca la mirada sobre la planificación de los espacios públicos.

 

Las limitaciones de la infraestructura fueguina

 

Cesari Hernandez evitó plantear una solución única. Consideró que todas estas cuestiones deberían organizarse teniendo en cuenta simultáneamente las normas de tránsito, las necesidades de quienes practican diferentes actividades y las posibilidades concretas de la infraestructura disponible.

“Son todas cuestiones que hay que organizar, teniendo en consideración la ley de tránsito, las necesidades de la gente, pero también reconociendo las limitaciones de la infraestructura vial que tiene la provincia y que tiene muchos lugares del país”, expresó.

La legislación nacional contempla precisamente la promoción de redes de ciclovías o sendas especiales para bicicletas y establece que, cuando existen, sus conductores están obligados a utilizarlas.

Sin embargo, la reflexión planteada por Cesari Hernandez incorpora otro interrogante: si esos espacios destinados fundamentalmente a la circulación cotidiana pueden responder también a las necesidades específicas del entrenamiento deportivo.

 

Rutas que terminan funcionando como calles

 

El abogado incorporó además una característica que se presenta en numerosas ciudades argentinas: trazas de rutas que atraviesan sectores urbanos y terminan cumpliendo simultáneamente funciones de ruta, avenida y calle.

“Tenemos rutas que operan como si fueran calles”, sostuvo.

Según explicó, esas situaciones pueden generar confusión entre los usuarios acerca de las características de la vía y las reglas aplicables.

En Río Grande, la discusión adquiere especial importancia por la relación cotidiana de la ciudad con la Ruta Nacional N° 3 y por la utilización de diferentes sectores de esa traza y sus alrededores por automovilistas y ciclistas.

 

Una discusión que no termina en las sanciones

 

El análisis de Cesari Hernandez recorrió finalmente dos caras de una misma problemática.

Por un lado, la responsabilidad individual: conducir sin manipular el teléfono, mantener la atención y respetar las normas; y, para los ciclistas, circular con los elementos de seguridad correspondientes y respetar las condiciones establecidas para cada vía.

Por otro, aparece la responsabilidad de organizar el espacio vial: educación, controles, infraestructura, bicisendas y alternativas que permitan compatibilizar la circulación cotidiana con las necesidades del ciclismo deportivo.

Cesari Hernandez dejó abierta esta última discusión para futuros encuentros.

Porque detrás de la pregunta acerca de quién puede circular por determinado lugar aparece otra igualmente importante: qué infraestructura ofrece la comunidad para que automovilistas, motociclistas, peatones y ciclistas puedan compartir el espacio público reduciendo los riesgos.

Y frente a un hábito cada vez más incorporado a la vida cotidiana como mirar o manipular el teléfono, dejó una definición que resume buena parte de su planteo:

“Es algo que hay que trabajarlo desde lo cultural, desde la educación, desde el ejemplo”.

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