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Stefani denunció la inconstitucionalidad de la ordenanza que llamó a reforma

El diputado nacional de Juntos por el Cambio Héctor Stefani, con el patrocinio del abogado Jorge Pintos, presentó ayer ante el Superior Tribunal de Justicia una acción de inconstitucionalidad contra la ordenanza que llama a la reforma de la carta orgánica de Ushuaia. El Dr. Pintos afirmó que el proceso es sumarísimo y, de admitirse la presentación, esta misma semana la Corte debería hacer lugar a la medida cautelar y frenar el proceso electoral en marcha. Aclaró que la presentación tiene “el aval de todos los partidos de Juntos por el Cambio”, y firmó Stefani “por una cuestión de practicidad”, pero habrá un período para sumar adhesiones. Se enfocó en tres aspectos “palmariamente inconstitucionales” por lo que no habría lugar para que la justicia rechace el escrito.

Río Grande.- El Dr. Jorge Pintos, denunciante y a la vez abogado patrocinador del diputado Héctor Stefani en la presentación de inconstitucionalidad que se realizó ayer ante el Superior Tribunal de Justicia, contra la ordenanza que convoca a la reforma de la carta orgánica de Ushuaia, dio detalles del escrito por Radio Universidad 93.5 y Provincia 23 y de los tres puntos centrales por los que la Corte fueguina debería declararla nula y suspender el proceso electoral.

“La presentación que se hizo ayer lleva la firma del diputado Héctor Stefani, con el patrocinio mío, y yo también firmo como afectado por derecho propio. Es una presentación de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia y se trata de una acción de inconstitucionalidad prevista en el código procesal de la provincia cada vez que se considere que alguna norma puede conculcar los derechos establecidos en la Constitución provincial. En este caso hay una ordenanza que declaró la necesidad de modificar la carta orgánica y llamar a elecciones de convencionales constituyentes”, señaló.

La ordenanza se aprobó en diciembre pasado, pero se esperó al día anterior a la presentación de frentes para realizar la acción judicial pero, según el Dr. Pintos, debía ser bien fundamentada. “Hay varias causales que determinan la inconstitucional. La básica es que el texto aprobado no ingresó legítimamente con el procedimiento que corresponde para cualquier proyecto, para que sea debatido y sancionado. En la sesión del 15 de diciembre de 2021 se tomó sobre tablas un proyecto que no estaba en el orden del día, que había sido presentado en 2018 por el concejal Pino y proponía reformar 10 artículos, sobre todo teniendo en cuenta la paridad de género que había planteado el juzgado electoral. Tomando como referencia ese proyecto, se sometió a votación un texto totalmente distinto, con la modificación de 105 artículos, sin fundamentación”, recordó.

“El otro punto por el cual la ordenanza sería inválida es el costo de la convención. El costo de 300 millones de pesos estimado por el concejal Branca para esta reforma, está en la versión taquigráfica de la sesión de diciembre, porque el concejal ya lo había dicho en ese momento, y toda vez que se sanciona una ordenanza se debe especificar de dónde va a salir el dinero, a qué partida se va a imputar. El concejal Branca habla de más de 300 millones de pesos porque la Constitución provincial establece que, mientras los convencionales estén trabajando en la redacción de la carta orgánica, que son tres meses prorrogables por un mes más, deben percibir una retribución similar a la de un concejal. Por lo tanto, cada una de las personas que se siente a debatir durante tres o cuatro meses va a cobrar el sueldo de un concejal, que estaría en los 400 mil pesos. Si se suma lo que van a cobrar todos los convencionales y se multiplica por tres o cuatro meses, más los gastos de asesores y del proceso electoral, da una suma importante que debe estar establecida, porque no sabemos de dónde va a salir”, cuestionó.

Pedido de suspensión del proceso

El letrado agregó que, ante el cierre de alianzas que opera hoy y un cronograma en marcha, se presentó “una medida cautelar para suspender los efectos de la ordenanza. Por lo tanto, todo lo que tiene que ver con las elecciones se debería suspender, hasta tanto se resuelva la inconstitucionalidad”.

“La ordenanza no fundamenta la necesidad de modificación de los 95 artículos que se le agregaron a los 10 que tenía el proyecto del concejal Pino, y eso no se puede hacer. Uno tiene que saber por qué se va a modificar un artículo de la carta orgánica y es básico, porque es la que establece los derechos de todos los habitantes. No se puede decir porque sí que se van a cambiar 20, 30 ó 50 artículos sin dar un justificativo de cada artículo que se va a modificar y qué es lo que se pretende cambiar. Ese es el punto fundamental por el cual sería inválida la ordenanza. El otro tiene que ver con el presupuesto, y hay otro aspecto vinculado con el artículo 10 de la ordenanza, donde dice que ninguno de los convencionales va a cobrar por su trabajo. Dice específicamente que el trabajo será ad honorem y esto se contraviene totalmente con la Constitución”, remarcó.

Intereses velados

Para el letrado “hay tres motivos fuertes para que esta ordenanza se declare inválida, más allá de los intereses velados que hay detrás de todo esto, que es buscar la re-re-reelección, sacar el requisito de estudio de impacto ambiental para las obras que realiza el municipio, que también es inconstitucional. Hay tres argumentos por los cuales el Superior Tribunal debería suspender la aplicabilidad de la ordenanza y por lo tanto el llamado a elecciones. No se puede llamar a elecciones si no se puede hacer la convención porque la norma que convoca a la reforma es nula”, expuso.

Plazos breves

Afirmó que “los tiempos no son largos, a pesar de que ya está en marcha el proceso. La acción de inconstitucionalidad, como ha sido presentada, le pide a la justicia que actúe, porque están siendo afectados derechos individuales de personas indeterminadas. Todo aquel que se sienta con derecho a ser elegido y no pueda participar porque no puede trabajar gratis por cuatro meses, está afectado”, aseveró.

“Cuando sucede esto y se sabe que hay una cantidad indeterminada de personas que se van a ser afectadas, se llama protección de intereses colectivos homogéneos. En estos casos el trámite debe ser sumarísimo, más corto que los procedimientos previstos en la justicia. Es decir que no es un juicio que va a llevar meses o años, sino que es el más corto previsto. Primero los jueces tendrán que analizar la presentación y si se han cumplido los requisitos, y ahí darle el procedimiento que corresponda. Luego tendrán que correr traslado al Concejo Deliberante para que conteste, y el plazo debería ser de cinco días para responder. Nosotros planteamos una acción de inconstitucionalidad con trámite sumarísimo por protección de intereses colectivos. Ellos inmediatamente podrían dictar la medida cautelar, en el transcurso de la semana. Si declara la ordenanza nula, es como si no hubiese existido todo lo demás”, sostuvo.

Consideró que “sería un bochorno si la justicia no resuelve esto con la celeridad que amerita, porque los constituyentes no podrían reunirse. Cualquier autónomo, una ama de casa, un empleado particular, no se podría presentar, pero sí podría hacerlo un intendente o un concejal y ahí está la discriminación patente que produce esta norma. Se van a presentar ellos mismos porque no tienen problemas con no cobrar el sueldo por cuatro meses. Los concejales y los funcionarios políticos siempre cobran, pero no un ciudadano común que quiera participar de la vida política”, comparó.

“Cuando el concejal Branca en la sesión de diciembre hizo el planteo de que no estaban las partidas para este gasto, la concejal Laura Ávila dijo que no era necesario. Esto es gravísimo, porque primero reconoce que no tienen partida presupuestaria para esto, y luego dice que no necesitan partidas porque el trabajo va a ser ad honorem. A sabiendas sancionó una norma expresamente inconstitucional, yendo contra la misma Constitución que juró defender cuando asumió”, criticó de la edil oficialista.

Apertura a adhesiones

Por otra parte, se esperan adhesiones de vecinos y partidos políticos, comenzando por Juntos por el Cambio. “Todavía hay tiempo para adhesiones porque, si el Superior Tribunal da curso a la presentación, tiene que abrir un período para sumar adhesiones. La norma procesal establece que se puede presentar la acción de constitucionalidad dentro de los 30 días desde que la norma cuestionada afecta a quien demanda. Estamos dentro del plazo y, como se plantea la inconstitucionalidad de una norma vigente, no se puede presentar con dos o tres argumentos. Yo no recuerdo antecedentes de una norma de este tipo. El principio de razonabilidad es constitucional y una mayoría circunstancial de los ediles no puede habilitar la modificación de la norma fundamental de la ciudad. No se puede aprovechar esa mayoría para agregar 95 artículos y eso sale fuera de toda razonabilidad, política, jurídica y moral. No hubo una norma como esta antes y se aprovechó la circunstancia de tener los dos tercios en ese momento, agarraron un proyecto de 2018 que no planteaba la modificación de 105 artículos”, reiteró.

“Además se pretende crear la figura del viceintendente y forzar la re-re-reelección, que fue el principal motivo, pero esto no se puede forzar porque está previsto en la Constitución que sean dos los mandatos. Se pretende modificar el sistema electoral, sacar el requisito de estudio de impacto ambiental, que es una locura. En Ushuaia están haciendo desastres en los últimos años y el bosque está siendo depredado con obras, por regularizaciones que no tienen estudios de impacto ambiental. Hace años que el municipio no los realiza como corresponde”, fustigó.
“Palmariamente esto es inconstitucionalidad, y cuanto más tarden los jueces más se van a poner en el ojo de la tormenta. Creo que no lo van a hacer porque es muy evidente lo que pasó, y no creo que se tarde tanto en decidir, porque el llamado a elecciones va a ocasionar un gran movimiento de gente y tendría que quedar sin efecto. Cuanto más tarden, van a generar más problemas”, advirtió.

Pintos no tiene dudas de que “el intendente impulsó esto, y tiene todo un servicio jurídico detrás que lo sustenta, así que no puede desconocerlo. Creo que acá se actuó con malicia y critico un poco la pasividad de la ciudadanía, que está preocupada por ver de dónde saca un peso, y no puede pensar en estas cosas fundamentales que le van a complicar el futuro. Esta presentación tiene el aval de Juntos por el Cambio y, por una cuestión práctica, se presentó Stefani, pero sabiendo que los demás pueden adherir en los próximos días”, concluyó.

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