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Histórico cambio para Tierra del Fuego: podrán venderse en el continente las motos adquiridas bajo el régimen promocional

La medida fue impulsada por los diputados nacionales Miguel Rodríguez y Santiago Pauli y habilita la comercialización de motocicletas fuera de la provincia una vez cumplido el período de permanencia previsto por la normativa vigente.

Río Grande (26 junio).- Los propietarios de motocicletas adquiridas en Tierra del Fuego bajo el régimen de promoción industrial podrán comercializarlas en cualquier punto del país una vez cumplido el plazo de permanencia establecido por la legislación vigente, a partir de una modificación normativa impulsada por los diputados nacionales Miguel Rodríguez y Santiago Pauli, del bloque La Libertad Avanza.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto 654, que incorpora expresamente a las motocicletas dentro del alcance de la definición de “automotores” prevista en la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 y en su decreto reglamentario 779/95, eliminando una interpretación que hasta ahora impedía que estos vehículos accedieran al mismo tratamiento que los automóviles en el régimen fueguino.

 

Fin de una diferencia con los automóviles

 

Hasta la entrada en vigencia de esta modificación, quienes adquirían motocicletas en Tierra del Fuego con los beneficios fiscales del régimen especial encontraban restricciones para venderlas fuera del territorio provincial, aun cuando hubieran cumplido el período mínimo de permanencia exigido por la normativa.

Esa situación generaba una diferencia respecto de los propietarios de automóviles, quienes sí podían realizar la transferencia de sus vehículos al mercado continental una vez cumplidos los requisitos legales.

Con el nuevo criterio normativo, tanto las motocicletas nacionales como las importadas quedan equiparadas jurídicamente a los restantes vehículos automotores, permitiendo su posterior comercialización en igualdad de condiciones.

 

Una gestión legislativa

 

Según se informó, el eje de la iniciativa consistió en lograr que las motocicletas fueran incorporadas de manera expresa dentro de la categoría de “automotores” contemplada por la legislación nacional de tránsito.

La adecuación elimina la ambigüedad existente respecto de la aplicación de esa definición en el régimen de promoción industrial fueguino y habilita la liberación de estos vehículos para su venta fuera de la provincia una vez cumplidos los plazos reglamentarios.

 

“Un reconocimiento para quienes apuestan por Tierra del Fuego”

 

Al referirse a la medida, los diputados nacionales Miguel Rodríguez y Santiago Pauli señalaron que se trata de una respuesta a un reclamo sostenido por numerosos propietarios de motocicletas de la provincia.

“Esta es una victoria para cada fueguino que eligió vivir y desarrollarse en nuestra provincia. Que las motos puedan circular libremente por el país después del período de permanencia es un reconocimiento a quienes apuestan por Tierra del Fuego”, expresaron los legisladores.

Desde el bloque destacaron además que la modificación representa un avance en materia de igualdad de derechos para los usuarios alcanzados por el régimen de promoción económica vigente en la provincia.

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