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Lechman elevó a la Corte Suprema de Justicia la reforma millonaria que más del 70% de los fueguinos rechaza

El legislador interpuso un Recurso Extraordinario Federal contra el fallo del Superior Tribunal de Justicia que avaló extender los plazos de la Ley 1529. Afirma que la Constitución goza de buena salud y que impulsar una reforma sin consenso social significa destinar miles de millones en medio de una provincia con graves problemas de educación, salud y empleo.

Ushuaia.- La disputa por la reforma de la Constitución provincial se trasladó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Jorge Andrés Lechman presentó un Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego (STJ) que, el pasado 5 de agosto, rechazó su planteo de caducidad de la Ley 1529 —y en subsidio, su inconstitucionalidad— y decidió “reencauzar” el proceso, fijando un nuevo plazo de 210 días para convocar a convencionales.

En su recurso, el legislador denunció que el fallo provincial valida actos contrarios a la Constitución Nacional y quebranta la separación de poderes al otorgar un nuevo término que nunca estuvo previsto en la ley. Para Lechman, la cuestión no es solo jurídica sino también social y política: más del 70% de los fueguinos rechaza la reforma, que implica un gasto millonario e innecesario, mientras la provincia atraviesa una crisis sin clases, sin salud y con fábricas que enfrentan vencimientos que dejarán a miles de metalúrgicos sin trabajo en diciembre. “¿En qué provincia vive esta gente?”, se preguntó, al remarcar que hablar de reforma como si fuera a resolver la vida de los fueguinos es vivir en una realidad paralela.

“La Constitución goza de buena salud. Voy a defenderla como lo hice desde el momento en que juré por ella, porque como legislador tengo la doble obligación de hacerlo. Hay quienes insisten con modificarla, pero lo hacen desde una agenda que corre en paralelo a las verdaderas necesidades de la gente. Este proceso tiene un trasfondo político que busca perpetuar espacios de poder y no resolver los problemas reales de la provincia”, sostuvo Lechman.

El escrito pide que la Corte Suprema revoque la sentencia del STJ con costas, alegando cuestión federal compleja, arbitrariedad, gravedad institucional y reserva legal indelegable en materia de plazos y fechas.

El Recurso Extraordinario Federal se presenta ante el mismo tribunal que dictó la sentencia —en este caso, el STJ, que figura como tribunal de origen—. Ese tribunal hace un control de admisibilidad: si lo concede, eleva el expediente a la Corte Suprema para su tratamiento. Si lo deniega, Lechman podrá ir por vía directa, presentando una queja por denegación del recurso ante la propia Corte. En cualquiera de los escenarios, será el máximo tribunal de la Nación el que defina si la impugnación sigue su curso. Y si la Corte finalmente lo rechaza, quedará firme la decisión del STJ, lo que implica mantener la validez del fallo que rechazó la demanda y extendió el proceso de reforma por otros 210 días.

 

Precedente de La Rioja podría favorecer a Tierra del Fuego: Lechman eleva la reforma a la Corte Suprema

 

Cabe recordar que el legislador interpuso un Recurso Extraordinario Federal contra el fallo del Superior Tribunal de Justicia que avaló extender los plazos de la Ley 1529. Su estrategia se apoya en el antecedente de La Rioja de 2019, cuando la Corte Suprema declaró inconstitucional una enmienda por apartarse de los requisitos de la Constitución provincial.

Como había anticipado, el legislador Jorge  Lechman presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego (STJ) que, el 5 de agosto de 2025, rechazó su planteo de caducidad de la Ley 1529 y, en subsidio, su inconstitucionalidad, para luego “reencauzar” el proceso con un nuevo plazo de 210 días para convocar a convencionales.

En su recurso, el legislador sostiene que el fallo provincial quebranta la división de poderes al arrogarse la facultad de prorrogar plazos que la ley había fijado de forma indelegable. Señala que el artículo 194 de la Constitución fueguina es claro: la ley de reforma debe establecer la fecha y el plazo de la elección, y ese término —210 días según la Ley 1529— venció sin que se concretara la convocatoria. La interpretación del Ejecutivo, avalada por el STJ, de que el plazo servía solo para “convocar” y no para “realizar” la elección, es para Lechman inconstitucional.

Asimismo, objeta jurídicamente que el Superior Tribunal se haya atribuido la facultad de fijar un nuevo plazo de 210 días hábiles para que el gobernador emita otro decreto, al considerar que ello implica un exceso en sus atribuciones y una afectación al principio de división de poderes.

 

El antecedente de La Rioja

 

La presentación de Lechman se apoya en un precedente directo: el caso “Unión Cívica Radical de la Provincia de La Rioja y otro c/ La Rioja, Provincia de s/ amparo”, resuelto por la Corte Suprema el 22 de marzo de 2019. En ese fallo, el máximo tribunal declaró inconstitucional la enmienda a los artículos 120 y 171 de la Constitución riojana porque la consulta popular ratificatoria se realizó fuera de la oportunidad fijada por la propia Carta Magna. La Corte sostuvo que el poder constituyente derivado está limitado por las condiciones establecidas en la Constitución provincial y que apartarse de ellas torna inválido el proceso.

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