A través de la Resolución General 5727/2025, ARCA dispuso la reglamentación del “Régimen simplificado de importación” de pequeños envíos de mercaderías originarias y producidas en Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur (Ley 19.640) para su uso y consumo particular en el resto del país (continente) (Dec 334/2025 y Res 286/2025). De esta manera los consumidores podrán adquirir los productos directamente de los fabricantes sin necesidad de pasar por una cadena o casa de electrodomésticos, y a un menor precio, dado que no pagarán IVA.
Río Grande.- La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la reglamentación del nuevo régimen simplificado para la importación de pequeños envíos desde el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
La Resolución General 5727/2025, publicada este en el Boletín Oficial, instrumenta este nuevo beneficio para los ciudadanos, que a partir de ahora tendrán la posibilidad de comprar productos fueguinos por medio de sitios de venta online directamente a las firmas fabricantes.
La nueva reglamentación, firmada por el director ejecutivo Juan Alberto Pazo, afecta tanto a las empresas radicadas en Tierra del Fuego como a los consumidores individuales en el territorio continental argentino.
El organismo que dirige Juan Pazo estableció el procedimiento para la aplicación del “Régimen simplificado de importación de pequeños envíos del Área Aduanera Especial”, mediante el cual el Gobierno busca que el consumidor pueda acceder desde su hogar, y a menores precios, a bienes que se producen bajo los estímulos fiscales de dicha provincia.
El régimen se basa en la Ley 19.640, que creó una condición de promoción fiscal y aduanera en el extremo sur nacional. El objetivo es facilitar la operatoria y reducir costos. Solo empresas con fabricación activa bajo la ley pueden participar, y cada venta debe quedar registrada en un sistema online, interoperable entre la empresa y la agencia de control. El Decreto Nº 334/2025 dispuso los lineamientos generales, mientras que la ARCA se encargó de crear los aspectos operativos y digitales del mecanismo de ventas.
Compra de productos fabricados en Tierra del Fuego a precios más bajos
El régimen, reglamentado en cumplimiento del Decreto 334/2025, permite a las empresas industriales de Tierra del Fuego vender productos al por menor a personas físicas residentes en el continente, exclusivamente para uso y consumo personal, prohibiendo su comercialización posterior.
Cada persona podrá adquirir hasta tres unidades de la misma especie por año calendario, con un tope de 3.000 dólares estadounidenses por envío. El valor se calculará según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la compra.
La resolución establece que las empresas interesadas deberán habilitar un sistema de venta online, conforme a los lineamientos detallados en el anexo de la norma.
Las mercaderías incluidas en el régimen serán las determinadas por la Resolución 286/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, y deberán cumplir con los procedimientos de acreditación de origen previstos en la normativa vigente. Si se detectan productos sin la debida acreditación de origen, el servicio aduanero aplicará los tributos correspondientes.
La lista de productos habilitados incluye una amplia gama de artículos electrónicos y electrodomésticos, como televisores, notebooks, tablets, equipos de audio, cámaras digitales, aire acondicionado, lavarropas, microondas, aspiradoras, cafeteras, radios, receptores de televisión, y consolas de videojuegos, entre otros. Cada producto cuenta con un código específico para su identificación en el sistema.
El texto oficial aclara que «las compras que se efectúen al amparo del régimen simplificado de importación de pequeños envíos creado por el Decreto Nº 334/25 gozarán de las exenciones tributarias establecidas en la Ley N° 19.640, incluido el Impuesto al Valor Agregado». Además, las mercaderías adquiridas bajo este régimen quedan exceptuadas del sistema de identificación previsto en la Resolución General 5.581.
La Dirección General de Aduanas tendrá la facultad de modificar las disposiciones del anexo de la resolución y de actualizar los códigos de mercaderías, informando los cambios a través del micrositio «Pequeño Envío AAE» en el portal de ARCA. El servicio aduanero podrá realizar controles ex post para fiscalizar el cumplimiento de los requisitos del régimen.
La Resolución General subraya que «las personas humanas radicadas en el territorio nacional continental podrán adquirir bajo el mencionado régimen simplificado de importación hasta un máximo de 3 unidades de la misma especie por año calendario por destinatario, con un límite de valor FOB de U$S 3.000 por cada envío/orden de compra».
La medida responde a la necesidad de facilitar y reducir las cargas administrativas y de costos en el comercio entre Tierra del Fuego y el resto del país, en línea con los objetivos históricos de la Ley 19.640, que otorga un régimen fiscal y aduanero especial a la provincia más austral.
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, designada como autoridad de aplicación, determinará las mercaderías habilitadas para este régimen. La resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, y su implementación se ajustará al cronograma que ARCA difundirá en su sitio web.
¿Por qué se trata de un régimen simplificado?
La provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur constituye un área aduanera especial, por lo que los traslados de mercaderías desde allí al área continental argentina son operaciones sujetas a controles de esta dependencia de ARCA, ya que se consideran importaciones internas.
Quiénes pueden comprar y cómo opera el sistema
El programa se enfoca en personas residentes en el territorio continental argentino que decidan utilizar la venta digital directa. El anexo técnico de la resolución establece que, para que la operación sea válida, los portales online habilitados deben transmitir información en tiempo real a ARCA y respetar los límites explicitados. Solo el consumidor final puede recibir los envíos, con prohibición de comercializar posteriormente los productos adquiridos por este mecanismo.
El límite principal es la posibilidad de adquirir hasta tres unidades de la misma especie por año calendario y por destinatario. El monto total de cada orden no puede superar los tres mil dólares estadounidenses (U$S 3.000), según el tipo de cambio vendedor del Banco Nación de la fecha previa a la compra, sin importar el peso de los productos involucrados. No existe tope mensual o anual de envíos, pero siempre debe respetarse el máximo de tres ítems por tipo.
El proceso de adquisición se realiza en portales web gestionados por las industrias habilitadas en Tierra del Fuego. Esos portales deben operar con la supervisión en línea de ARCA, quien valida parámetros en tiempo real antes de librar la orden de compra. Una vez concluida la operación y confirmados los límites, la documentación electrónica de la transacción basta para la entrega directa a domicilio.
Las plataformas de venta online, además, deben estar programadas para rechazar cualquier operación que exceda los límites o intente registrar destinatarios ya alcanzados por el cupo anual. En casos de infracción, la agencia aduanera puede aplicar controles ex post y constatar eventuales incumplimientos, con posibilidad de cobrar tributos omitidos si corresponde.
Algunas de las empresas ya tienen sus propias plataformas de venta online de sus productos, por lo que podrían incluirlo directamente allí, pero las que no lo tienen deberán crear un marketplace.
Cuáles son los beneficios fiscales y qué ventaja tiene el consumidor
Los consumidores podrán adquirir los productos directamente de los fabricantes sin necesidad de pasar por una cadena o casa de electrodomésticos, y a un menor precio, dado que no pagarán IVA.
Uno de los principales atractivos del sistema son los beneficios fiscales para el consumidor. Todos los artículos adquiridos bajo este programa quedan exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuestos internos y otros tributos nacionales. La base legal emana de la Ley 19.640 y su régimen industrial especial, diseñado para promover las actividades fabriles en Tierra del Fuego con ventajas fiscales tanto a fabricantes como a compradores.
La confirmación fiscal figura en la propia reglamentación y en una nota aclaratoria remitida por la Dirección Nacional de Impuestos. Esta última señaló que todas las mercaderías comprendidas en los requisitos del Decreto Nº 334/2025, la resolución general y el anexo aplican la exención, incluyendo el IVA. El consumidor no debe gestionar nada adicional: al momento de cargar la orden y validar los topes, los beneficios se aplican en forma directa. El precio publicado ya resulta exento de los tributos nacionales.
El nuevo programa dispone un esquema de trazabilidad electrónica para cada operación. Las empresas deben informar a ARCA cada compra realizada, incluyendo datos personales del comprador, productos solicitados, valores y dirección de entrega. ARCA coteja los datos antes de autorizar el despacho y puede cancelar la venta si detecta irregularidades. Toda la documentación reposa en los sistemas centrales, y las empresas quedan obligadas a suministrar información adicional si la agencia lo solicita.
Para los compradores, toda la operatoria transcurre digitalmente. La entrega la realiza un correo o transporte autorizado con trazabilidad hasta el domicilio, sin que se requiera ninguna documentación aduanera extra, ni presencia del comprador ante la aduana. Si el consumidor alcanza el tope anual, el sistema bloquea nuevas compras por esa vía hasta el próximo año calendario.
La resolución autoriza a la Dirección General de Aduanas a ajustar y renovar la lista de productos, así como a actualizar procedimientos operativos mediante circulares oficiales. Todas las modificaciones se comunicarán en el micrositio “Pequeño Envío AAE” de ARCA, que es el canal digital destinado a usuarios y empresas. Allí también se publicará el cronograma de implementación.
Productos aprobados en las adhesiones al Decreto N° 727/21
Afeitadoras, Aire acondicionado, Amplificador-sintonizador, Aspiradoras, Batidoras, Cafeteras, Cajas acústicas, Caloventores, Cámaras fotográficas digitales, Cartuchos electrónicos para juegos, electrónicos de video, Cassettes de audio, Cuchillo eléctrico,
Depiladora, Despertadores, Ecualizador, Equipos de radiocomunicaciones móviles
Celulares, Freidoras, Hornos a microondas, Juegos electrónicos de video con cassettes
intercambiables y cassettes electrónicos con juegos de video, Juegos electrónicos sin calculadoras, Lavarropas, Módems, Monitores, Multijugueras, Notebook y netbook,
Picadoras, Procesadora de alimentos, Radio reloj, Radioreceptores portátiles, Receptor de televisión, Receptores de radio, Receptores y decodificadores integrados (IRD) de señales de video codificadas-Set Top Box, Relojes electrónicos, Soportes de lectura óptica, Tablet PC, Televisores, Videocámaras, Videocassettes, videograbadores y videoreproductores,
Radios, radiograbadores, grabadoresreproductores de audio, centros musicales, Walkman, Compact disc, sistemas y/o equipos de audio en general, bandejas cassetteras, bandejas giradiscos, grabadores, reproductores de cassette y parlantes.
La normativa exige que cada mercadería figure en la grilla y cuente con la acreditación de origen fueguino, controlada por la autoridad de aplicación, que es la Secretaría de Industria y Comercio. En caso de detectarse mercancía enviada al continente sin certificado de origen, la aduana cargará los tributos omitidos y podrá sancionar tanto a la empresa como al destinatario.
La compra de productos bajo este régimen está limitada al uso y consumo personal del adquirente, y se prohíbe formalmente la reventa o ingreso al canal comercial tradicional. El objetivo de esta limitación radica en asegurar que el régimen funcione como un mecanismo de acceso al consumo minorista y no se desnaturalice en grandes volúmenes o operatorias trianguladas.
Control posterior y eventuales sanciones
La norma prevé controles ex post orientados a detectar incumplimientos en el uso del régimen, como compra reiterada de productos para terceros, fragmentación de pedidos con el fin de eludir topes, utilización de datos falsos o el desvío al canal comercial mayorista. ARCA y la Dirección General de Aduanas pueden solicitar información adicional y efectuar verificaciones en los puntos de destino.
En casos comprobados de irregularidades, los órganos de control están facultados a exigir el pago de tributos, multar a las empresas intervinientes y bloquear la posibilidad de seguir operando bajo el esquema digital. La trazabilidad del proceso permite detectar patrones con más rapidez y efectividad que en sistemas anteriores.
“El régimen simplificado para pequeños envíos desde Tierra del Fuego permite a los consumidores acceder a productos electrónicos y electrodomésticos con una significativa reducción de precio, gracias a la exención de impuestos nacionales y la eliminación de intermediarios”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez. También sostuvo que el mecanismo apunta a dinamizar la oferta fueguina y abrir un canal directo de consumo minorista, siempre bajo límites estrictos y trazabilidad electrónica. Para Domínguez, el efecto inmediato para el usuario será el acceso online a marcas y modelos que hasta el momento solo se encontraban en canales tradicionales con sobrecostos impositivos y logísticos.
El especialista consideró además que la plataforma técnica debe asegurar “la interoperabilidad entre los portales de las empresas y los sistemas del Estado”, a fin de evitar fallas comunes en otros regímenes de promoción. Remarcó que la fiscalización digital puede funcionar como una garantía para que el régimen cumpla su objetivo social y no se transforme en fuente de evasión o perjuicio fiscal.
Datos que deberá contener la orden de compra de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias del área aduanera especial
- Datos de la operación
– Número de orden de compra
– Fecha de la orden de compra
– Nombre/s y apellido/s o razón social del vendedor
– CUIT del vendedor
- Datos del producto
– Cantidad
– Código del producto
– Descripción
– Precio unitario FOB
– Precio total FOB
- Datos del comprador
– Nombre/s y apellido/s
– CUIL/CUIT
– Correo electrónico
– Teléfono
– Domicilio (calle / número / piso / departamento / código postal / localidad
/ provincia)
- Texto de validación
– Declaro que la presente operación se efectúa al amparo del régimen
previsto en el Decreto N° 334/25
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